Blog de la Sección Sindical de UGT Estiba en el Puerto de Bilbao

03 marzo 2015

Comité de Empresa del 26 de Febrero

Este pasado Jueves 26 de Febrero volvió a reunirse el Comité de Empresa de Bilboestiba para terminar de cerrar los temas pendientes tras la reunión de la semana anterior. El tema central de la reunión del 26 era establecer las medidas concretas que el comité iba a proponer a los trabajadores ante la intransigencia de la empresa con el tema de los descansos nocturnos, una vez que a falta de Asamblea General, las asambleas de cada sindicato habían tenido la ocasión de tratar este asunto por separado.

En concreto en el punto 2 del orden del día, se detallan los acuerdos adoptados por el Comité sobre las acciones sindicales a desarrollar por los trabajadores, y que son las que siguen:

a) Borrarse de las jornadas especiales (dobles) en sus dos variables (laborales y festivas). 
b) Todos los trabajadores que estén asignados a descanso festivo NO atenderán la llamada de la empresa para trabajar, dado el carácter voluntario de esta asignación.
  • Art. 48.6 "Por necesidades de prestación de servicio, los trabajadores que están asignados a descanso serán llamados a trabajar hasta las 9:30 horas, quedando afectados voluntariamente como máximo el 50 % del total mediante rotación continua y global. Esta jornada devengará la cantidad de un remate de la jornada correspondiente."
Excepto en el caso de que el trabajador se encuentre en situación de inactividad, que se efectuará un nombramiento extraordinario a las 11,00 horas de cada día laborable, para las jornadas de tarde y nocturnas de ese mismo día y para los trabajadores no colocados en el nombramiento ordinario, o que hayan trabajado nocturno el día anterior.

c) Convocatoria de paros de 1 hora por relevo todos los viernes del mes. El horario de estos paros será de 12,50 horas a 15 horas, afectando de esta manera a todos los relevos. 
d) Cumplimiento íntegro del art. 48.1 del Convenio Colectivo:
  • "La transmisión de las órdenes de las Empresas Estibadoras a los trabajadores portuarios, se efectuará obligatoriamente a través de los capataces de los propios trabajadores portuarios, salvo casos de emergencia o en situaciones de riesgo, por razones de seguridad o salubridad"
e) Los. trabajadores portuarios realizarán únicamente las funciones correspondientes a su Grupo Profesional y especialidad asignada desde listería. Art. 27 CC. 
f) Solicitud a las Empresas Estibadoras de la identificación de los distintos parkings y medios de transporte para estar a la hora del comienzo de la operativa en sus respectivas concesiones. 
g) Se acuerda que todos los trabajadores que detecten cualquier fallo evidente en la maquinaria u operativa asignada, solicite su inmediata reparación al taller, y en aquellas situaciones que puedan generar alguna duda, asesorarse previamente por los delegados de prevención.
  • Bilboestiba: Norberto Araujo, Urko Goikoetxea y Josean Prieto.
  • Noatum: Goio Tudanca.
  • Berge: Oskar Freijo y Fede Sarrión.
  • Toro: Jon Fernandez y Mikel Zeanuri.
  • Agemasa: José González.
  • SLP: Jesus Acha.
Esta batería de medídas acordadas marcan el comienzo de otras futuras acciones por determinar por parte del comité de empresa. 
h) Se acuerda presentar un escrito y dar entrada en la empresa de Bilboestiba solicitando los criterios adoptados por la empresa en lo relativo a los permisos retribuídos.

Para ver o descargar el acta del comité y los escritos enviados por el mismo a la empresa, seguid el siguiente enlace.


Por cierto que en turno de Ruegos y Preguntas, y como se puede leer en el acta, expresamos nuestras dudas acerca de la demanda interpuesta por Coordinadora referente al personal de estructura. 

Esa demanda metida por Coordinadora, y a cuyo acto de conciliación acudieron el resto de sindicatos, es devuelta al demandante por un defecto de forma, de tal forma que el secretario del juzgado les pide que además de corregir ese defecto de forma, tengan a bien citar al resto de las centrales sindicales como parte afectada e interesada. Y la respuesta de Coordinadora es ciertamente sorprendente por cuando en su respuesta al juzgado afirma que entre el personal de estructura (oficinas) no existe ningún trabajador afiliado a otro sindicato que no sea Coordinadora, cuando es por todos sabidos que ese extremo no es cierto. La explicación dada por Ana, trabajadora de la oficina ante el desconocimiento del tema por parte de los miembros del Comité, es que se trata un error achacable a los servicios jurídicos de Coordinadora, a los cuales se pedirán las oportunas explicaciones y la corrección del error.



Esto es lo que ha dado de sí el ultimo Comité de Empresa. Por cierto este miércoles 4 de marzo se vuelve a reunir de nuevo para hablar de nuevos temas, y suponemos que para realizar un seguimiento de las decisiones adoptadas en la última reunión, y de los acontecimientos del fin de semana por el tema de la lista. 

No es de recibo que los trabajadores hayamos tenido que estar pendientes hasta mas allá de las 22:00 horas para saber que turnos teníamos que trabajar ese festivo, con las dificultades añadidas para la conciliación de la vida laboral y personal, cuando en el convenio se establece que a las 18:30 tiene que estar la lista definitiva colgada en el tablón de anuncios. 

Y todo esto sin ninguna explicación aún de la empresa, de su gerente Peli Ortiz de Zarate, o del máximo responsable del área Javier Ruiz. El único que se ha dignado a dar una explicación a las secciones sindicales y al Comité de Empresa es el compañero que estaba trabajando aquel día en listería y que es el único que no tenía ninguna obligación de hacerlo, ya que él también es en este caso, tan victima como nosotros de las irresponsables decisiones que tan alegremente adoptan otros.

2 comentarios:

  1. Asunto: Conflicto Colectivo personal de estructura.
    Arratsalde on. Buenas tardes: En primer lugar, agradeceros que me prestéis este espacio para que pueda ampliar la cuestión a la que hacéis referencia en el punto de Ruegos y Preguntas del acta del Comité de Empresa del pasado día 26 de febrero.
    En segundo lugar, las matizaciones que siguen no guardan ánimo alguno para polemizar por cuestiones que puedan surgir y que por mi falta de pericia no sea capaz de expresar o aclarar.
    Quiero señalar que todo nuestro entorno conoce que entre el personal de estructura de bilboestiba convivimos diferentes sensibilidades sindicales (UGT, ELA, LAB, OUTPB) pero, claro, este hecho cierto no es conocido por el servicio jurídico de OUTPB, que cuenta, además, con la eximente añadida de que se trata de la primera vez que interponen una reclamación para todos nosotros y en nuestro nombre.
    Sin duda, nadie se va a sorprender si digo que las reclamaciones laborales, normalmente y en un claro ejercicio de confianza plena, las firman los responsables sindicales, pero son elaboradas, tramitadas y defendidas por los abogados de las distintas organizaciones sindicales. Con esto no trato de echar balones fuera ni de hacer dejación de las responsabilidades que tenemos cada uno, pero si mostrar la cara amable de las relaciones que nuestra sección sindical mantiene con sus letrados.
    Y en este punto nos encontramos: al despacho de los abogados de OUTPB llega un escrito del Juzgado para que se subsane un defecto de forma detectado en la demanda sobre C. Colectivo del personal de estructura de bilboestiba y la respuesta tiene que ser inmediata. A esta urgencia se une el mencionado desconocimiento de la realidad sindical de nuestro colectivo de oficina y es en esa mezcla de circunstancias que se produce el impensado y desafortunado error que a todos nos ha sorprendido.
    Finalmente, y aquí si tengo que ser muy firme, por favor, que nadie dude de la absoluta ausencia de mala fe por parte de los responsables sindicales y profesionales que atienden nuestros asuntos jurídicos, han sido los primeros en pedirnos disculpas a todos por el alcance que haya podido tener este involuntario equivoco en nuestras relaciones con los demás sindicatos. Tal es así, que nuestro abogado no va a tener ningún inconveniente en dejar constancia del error en el acto de juicio ante el Sr. Juez.
    Muchas gracias por haber permitido que aclarara este hecho en el pleno del Comité de Empresa y que ahora lo publique en vuestra página como información complementaria de lo ya escrito al respecto.
    Un cordial saludo.
    Ana Iglesias Otero

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  2. ¡¡¡Fijos de empresa y libre eleccion de Noatum traidores!!!

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