Blog de la Sección Sindical de UGT Estiba en el Puerto de Bilbao

20 noviembre 2016

Antigüedad: primera sentencia ganada por un trabajador de oficinas.

Más de una vez nos hemos referido, al menos de pasada en artículos previos del blog, a algunos de los problemas que desde hace algunos años vienen sufriendo los compañeros que trabajan en las oficinas de Bilboestiba. Desde luego que seguramente hayamos dedicado menos tiempo que el que merece su situación, y es que muchas veces parece que el mundo empiece y acabe en la estiba. Asumimos nuestra parte de culpa.





Para los trabajadores de oficinas rige el convenio de empresas consignatarias, estibadoras y transitarias. Este convenio ha superado el periodo de vigencia previsto en el mismo, y hasta la fecha no se ha conseguido firmar uno nuevo; en parte, porque las empresas afectadas han tratado de aprovechar la última reforma laboral en su estrategia de laminación de los derechos de los trabajadores. Bilboestiba ha hecho, en parte, suya esa estrategia y para muchos de los puntos no recogidos de forma específica en acuerdos de empresa, ha pasado a aplicar estrictamente el estatuto de los trabajadores.

Uno de esos apartados tiene que ver con la antigüedad que perciben los trabajadores de oficinas. De unos años a esta parte la empresa ha decidido no reconocer la antigüedad generada por estos trabajadores y ha dejado de pagar los últimos trienios generados, amparándose precisamente en la no ultractividad del convenio y la perdida de eficacia del mismo.
 




La empresa ha de conocer, desde luego, la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia del 22 de diciembre de 2014, en el que se adopta una tesis conservacionista respecto a los derechos de los trabajadores con convenio caducado, pero no parece que eso le haya impedido actuar contra la misma y obligar a nuestros compañeros a hacer valer sus derechos en el juzgado.





Sin embargo, no todos los trabajadores de oficinas han seguido esta estrategia para defender sus derechos, que no puede ser más lógica por otra parte; ante la falta de acuerdo que decida un juez, y probablemente mal aconsejados están dejando pasar el tiempo y perdiendo la oportunidad de recuperar parte del dinero que hasta ahora la empresa les está sustrayendo de su salario mensual.

Ahora ya no hay excusa. La primera demanda de cantidades sobre este tema ha sido efectivamente juzgada, y la sentencia publicada hace un par de semanas no puede ser más clara a favor de los intereses del trabajador demandante, ni más demoledora hacia los argumentos de la empresa. El resto de trabajadores tienen que olvidarse de miedos y cálculos; tienen que empezar a desoír malos consejos y tienen que  preocuparse por defenderse a si mismos si quien en teoría tiene que hacerlo prefiere templar gaitas. Desde luego que nosotros preferimos la acción sindical, pero cuando esta no parece ser posible, no dudamos en aconsejar y acompañar la acción judicial.
Y ojo, que la sentencia abre las puertas para reclamar otra serie de derechos de los trabajadores de oficinas que tampoco están siendo respetados. Esta situación sin duda requiere que el Comité de Empresa de Bilboestiba coja el toro por los cuernos y exija una reunión con la dirección de la empresa cuanto antes, si es que esta tiene aún algún poder de decisión; y si no con quien lo tenga, para resolver este problema de una vez y para siempre. Claro que para eso primero tendría que reunirse el comité, algo que no sucede desde el pasado 11 de mayo.    
-¡Hola! ¿Hay alguien ahí?

Pero ese es otro tema, y mientras eso sucede no podemos dejar de felicitar a nuestro compañero, y a quienes como él no dudan en defender su razón allá donde haya de ser defendida.


¡¡ENHORABUENA COMPAÑERO!!


No hay comentarios:

Publicar un comentario