Blog de la Sección Sindical de UGT Estiba en el Puerto de Bilbao

03 febrero 2015

En nombre del Comité, pero sin el Comité.

En esta segunda entrega sobre los descansos nocturnos, y como habíamos apuntado en la anterior entrada, vamos a intentar aclarar todo lo que tenga que ver con el juicio de los descansos nocturnos que Coordinadora denunció y perdió en octubre de 2014. El motivo de esta aclaración tiene más que ver con las formas con que se ha conducido todo lo relativo a este asunto, que con el hecho de que se haya denunciado y posteriormente perdido dicho juicio. 

Para establecer el contexto conviene conocer que inicialmente Coordinadora planteó esta demanda como conflicto colectivo, y que el tema central eran los descansos festivos que la empresa comenzó a otorgar a los estibadores de la SAGEP que tras trabajar en el primer turno de noche, no podían ser recolocados al día siguiente por causas ajenas a los mismos, cuando hasta ese momento solventaba esos casos con una inactividad (o descanso nocturno a cuenta de la empresa). 

Una vez celebrado el acto de conciliación de ese conflicto colectivo, para el que si se citó a todo el Comité de Empresa, Coordinadora pasó a actuar en solitario, sin informar a nadie más. Intuíamos que podían haber seguido adelante con la demanda, pero no teníamos ninguna certeza ya que ellos no informaban a nadie. Posteriormente supimos, por otros medios, que si que habían metido la demanda, aunque tiempo mas tarde nos enteramos por la misma fuente de que finalmente habían retirado esa primera demanda y habían metido otra nueva, reformulando su estrategia inicial.

En su nueva estrategia evitan mencionar los descansos nocturnos y lo que hacen es exigir que la empresa avise con al menos 24 horas de los descansos compensatorios y de los turnos de trabajo, y no con 14 como hasta entonces se ha venido haciendo. Es decir, Coordinadora pide que se altere el sistema de llamamiento, cuando curiosamente pocos meses antes ha firmado un convenio colectivo en el que se recoge esa misma forma de hacer el llamamiento. Parece poco razonable, por lo que se puede intuir que el objetivo de Coordinadora quizás no se tanto el alterar tal sistema, como el tratar de asustar a la empresa o el tener algo con lo que negociar si gana el juicio, y así presionarles para que regrese al sistema anterior de descansos tras nocturno. Es su estrategia, ellos sabrán, aunque cuando uno plantea ese tipo de cosas, se espera que cuando menos cuente con una base jurídica sobre la que apoyarse. 

Aún y con todo, no es ese el motivo principal de esta entrada. Son otras cosas las que nos parecen insólitas, y las que deberían ser muy tenidas en cuenta por el conjunto de los estibadores de Bilbao de ahora en adelante.

En primer lugar, Coordinadora lleva todo este tema en el más absoluto de los secretos. Solamente sus representantes sindicales saben, no ya de las interioridades o detalles de esta demanda, sino de la misma existencia de la misma. Además, a ninguno de los otros miembros del comité de empresa o representantes sindicales del resto de sindicatos se les informa de nada en absoluto una vez finalizado la conciliación sobre el conflicto colectivo inicial. Ni términos de la demanda, ni fechas, ni por supuesto se ofrece la posibilidad de denunciar todos los sindicatos de manera conjunta.

Aun así nosotros seguíamos tras la pista de este tema, sin tener claro del todo, porque nadie nos informaba, si finalmente Coordinadora había demandado o no, y luego cuando eventualmente nos filtraron la información de que si había demandado, cambio de estrategia mediante, seguíamos sin estar seguros de si el juicio ya se había celebrado o estaba aún pendiente. Así que cuando nos llega cierta información de toda confianza acerca de la celebración de un juicio en el que está implicado Bilboestiba, a celebrar el día 8 de Octubre de 2014 en el Juzgado de lo Social de Bilbao, todos los indicios nos llevan a suponer que pueda ser el misterioso juicio sobre los descansos nocturnos, y sin tener la certeza de sala y hora en la que iba a tener lugar la vista, un delegado de UGT Estiba Bilbao decide acercarse hasta el juzgado para intentar presenciar dicho juicio, en el que por supuesto estábamos interesados, ya que somos conscientes de la importancia de lo que allí se dirimía, y porque también teníamos cierta preocupación debido al oscurantismo con que se había llevado el tema por parte del mayoritario.

¡¡Y aquí comienzan las sorpresas!! La primera para Coordinadora, que no esperaba tropezar allí a nadie de UGT, pero se encontraron con el aguafiestas mayor del reino. Y la segunda para nosotros, cuando al comenzar el juicio, escuchamos con gran sorpresa que a parte de los representantes de Coordinadora, el Comité de Empresa figuraba también como parte demandante. 

¿Pero como podía ser si el Comité no había sido convocado para tratar este asunto, ni por supuesto había aprobado por votación mayoritaria personarse en este caso, y por supuesto no había ningún acta que respaldara su presencia como es legalmente preceptivo?

O había un error, o alguien estaba suplantando al comité para beneficio propio, lejos de sus funciones como órgano representativo y de defensa del conjunto de los trabajadores. 

¿Había una forma de asegurarnos que no habíamos escuchado mal durante el juicio, y que todo no era sino un simple error? Alguien dio con la clave, lo más fácil sería comprobar el listado de señalamientos de ese día para la sala en la que se celebraba el juicio, donde entre otros datos figuran quienes son los demandados y los demandantes de cada juicio, así que decidimos tomar prestado dicho documento toda vez que tras la celebración del juicio su destino inminente era la trituradora de papel de los juzgados.



Y efectivamente, ahí se puede comprobar como el Comité de Empresa figura como demandante, aún a pesar de todo lo anteriormente mencionado. No habíamos entendido mal para nada.


También se puede ver en la sentencia, que saldría tan sólo un día después de la celebración del juicio. Imaginad las dudas que generaron en el juez con su argumentación, que antes de la merienda ya la tenía hecha. Pero claro la sentencia tampoco nos la iban a facilitar nuestros compañeros de Coordinadora, así que otra vez tuvimos que apañarnos por nuestra cuenta, ya que pese a conocer que estábamos enterados de la celebración del juicio, para nada informó al resto de sindicatos de su celebración, ni de que había sido desestimada. 

Menos mal que tenemos representantes con recursos, y en aquellos momentos con mucho tiempo libre por obra y gracia de la pareja de cómicos sin puta gracia de la segunda planta.



Ahora, una vez que han perdido la demanda y que la empresa ha aprovechado la misma para dar descanso festivo a cuenta del trabajador, en todas las circunstancias, y en todos los turnos posibles, incluso adjudicando como fiestas las 12 horas de descanso legal entre jornadas, dicen que no había ninguna sentencia sobre ese tema. 

Mas tarde cuando circula dicha sentencia (culpables) y todo el mundo ha podido verla, dicen que ese juicio no tiene nada que ver con la situación actual, pero tampoco saben explicar el motivo de ese juicio ¿Como no va a tener que ver si la sentencia lo que precisamente dice es que no es necesario ningún tiempo de pre aviso para que la empresa nos adjudique los descansos como y cuando ella quiera?

Ahora, para que la empresa cese en su actitud se inventan unas medidas de presión que por supuesto no consensúan ni consultan con nadie más, y que el resto de sindicatos y trabajadores que no militamos en Coordinadora sólo conocemos de oídas. Ni se convoca comité de empresa, ni por supuesto Asamblea de Trabajadores. Pues allá ellos. Tal vez si todo este asunto se hubiera llevado de forma consensuada entre todos los sindicatos desde el principio ahora no tendríamos este problema.  

En cualquier caso, para que no quede ninguna duda, en una próxima entrega sobre el tema, contaremos los pormenores de ese juicio y todo lo que allí se dijo por parte de todas las partes presentes: abogado de Coordinadora, abogado de la empresa, testigo de Coordinadora y el omnipresente, el hombre de las mil caras y dos mil funciones, el compañero Javier Ruiz como testigo de la Empresa. 

Todos podréis comprobar como, efectivamente, los empresarios siempre han sido, y siempre serán nuestros mejores amigos.

3 comentarios:

  1. Estas son las cosas que nos las contais y no nos las creemos porque las contais los de ugt,y como los niños terribles de noatum-coordinadora con el cabecilla taxista a la cabeza,omnipresentes hombres de las mil caras y multifunciones, principalmente con tres funciones diarias: coordinadora-federación-atap,o lo que es los mismo:atap-federacion-coordinadora.
    Nos colgarán el cartel de mentirosos y manipuladores,inventaran y pondran el ventilador a funcionar,tiraran fuegos de artificio para clavarnos su chapuza.
    nos queda mucho que ver y que creer

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  2. Los teníais que haber denunciado por suplantación de identidad en documento escrito,haber sí espabilaban esta panda de mentirosos y manipuladores.Amigos de RLC,os queda poco para acabarse el chollo,la CASTA DEL PUERTO JE JE.

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  3. En mayo acordemonos de esto y del transporte horizontal a la hora de votar . Dirigen los destinos de los estibadores gente que no ha pasado por las urnas los demas son muñecos

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